Ordenanza FIscal de la Tasa por uso de ayudas técnicas

Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo adoptado por el Consejo Comarcal de esta Entidad, en sesión celebrada el día 9 de junio de 2016, sin que se hayan producido reclamaciones tras su publicación en el BOP del 14 de junio de 2016, se eleva a definitivo de conformidad con el artículo 17 del Texto refundido de la ley reguladora de las haciendas locales y se publica íntegramente la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por uso de ayudas técnicas.

Entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y regirá hasta que se acuerde su modificación o derogación.

Contra el presente acuerdo definitivo cabe recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación.

Monzón, veintiocho de julio de dos mil dieciséis

El Presidente. Miguel Aso Solans

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