Ordenanza fiscal de la Tasa de Teleasistencia

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL DE LA TASA DE TELEASISTENCIA

Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo adoptado por el Consejo Comarcal de esta Entidad, en sesión celebrada el día 24 de Septiembre de 2015, sin que se hayan producido reclamaciones tras su publicación en el BOP del 1 de Octubre, se eleva a definitivo de conformidad con el artículo 17 del Texto refundido de la ley reguladora de las haciendas locales y se publica íntegramente la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de apertura de establecimientos turísticos y autorizaciones de competencia comarcal:

Entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y regirá hasta que se acuerde su modificación o derogación.

Contra el presente acuerdo definitivo cabe recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación.

Monzón, veinte de Noviembre de dos mil quince.

El Presidente. Miguel Aso Solans

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