Ordenanza fiscal de la tasa por prestación de servicios deportivos, ocio y tiempo libre

APROBACIÓN DEFINITIVA  DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR  PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS, OCIO Y TIEMPO LIBRE

Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo adoptado por el Consejo Comarcal de esta Entidad, en sesión celebrada el día 28 de diciembre de 2015, sin que se hayan producido reclamaciones tras su publicación en el BOP del 15 de enero de 2016, se eleva a definitivo de conformidad con el artículo 17 del Texto refundido de la ley reguladora de las haciendas locales y se publica íntegramente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios deportivos, ocio y tiempo libre Entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y regirá hasta que se acuerde su modificación o derogación. Contra el presente acuerdo definitivo cabe recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación.

Monzón, veintinueve de febrero de dos mil dieciséis. El Presidente Miguel Aso Solans

APROBACIÓN DEFINITIVA  DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR  PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS, OCIO Y TIEMPO LIBRE

Advertido error en la publicación de las tarifas de ocio y tiempo libre de la Ordenanza fiscal de la Tasa por prestación de servicios deportivos, ocio y tiempo libre del día 2 de Marzo de 2016 (BOP HU 41) se procede a su corrección.

Monzón, dos de marzo de dos mil dieciséis.

El Presidente, Miguel Aso Solans

  

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