ANUNCIO ACUERDO SERVICIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS

El Consejo de la Comarca del Cinca Medio, en sesión ordinaria celebrada el día 16 de abril de 2019, adoptó el siguiente acuerdo:

“Vistos:

a) Los acuerdos adoptados respectivamente por el Pleno de la Diputación Provincial de Huesca, de 1 de febrero de 2018, para valorar la conveniencia y oportunidad de crear el Servicio provincial de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento (en adelante, SPEIS), y de 7 de julio de 2018, aprobando definitivamente la Memoria justificativa redactada por dicha comisión, quedando constituido finalmente el mismo.

b) El Decreto 1230, de 20 de abril de 2018, del señor Presidente de la Diputación Provincial de Huesca, ratificado por el Pleno de la misma Corporación provincial, en sesión de 3 de mayo de 2018, por el que se acordó crear las Comisiones Mixtas de transferencias, una por cada comarca altoaragonesa y por cada Ayuntamiento que cuente con medios y recursos para la extinción de incendios y salvamento, excepto el de la ciudad de Huesca, es decir, los Ayuntamientos de Almudévar, Sariñena y Jaca, a fin de preparar y adoptar los acuerdos de traspaso de servicios y de medios personales, financieros y materiales afectados.

c) La constitución de la Comisión Mixta de transferencia con la Comarca de Cinca Medio, previos los oportunos acuerdos de las entidades locales afectadas, de fecha 30 de octubre de 2018.

d) Las reuniones celebradas por los grupos de trabajo de personal, bienes y económico-financiero, por cada una de las entidades locales indicadas, que tras su constitución, han llevado a cabo la labor de identificar y concretar los medios personales objeto de transferencia, los bienes a transferir, así como el alcance económico de la transferencia, en los términos que se concretan en el expediente tramitado al efecto.

e) El acuerdo adoptado por la Comisión Mixta de transferencias de la Diputación Provincial de Huesca con la Comarca de Cinca Medio, reunida en fecha 5 de abril de 2019, según consta en las respectivas certificaciones emitidas conjuntamente por los Secretarios de las entidades locales afectadas.

f) El informe preceptivo de la Secretaría-Intervención de la Comarca de Cinca Medio de fecha 8 de abril de 2019.

g) El Dictamen de la Comisión Informativa de Servicios, Protección Civil y Bomberos de 8 de abril de 2019.

Considerando la normativa aplicable, y, especialmente:

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local (LRBRL).
  • Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón (en adelante, LALA).
  • Decreto Legislativo 1/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón
  • Ley 1/2013, de 7 de marzo, de Regulación y Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Aragón (en adelante, LSPEIS).
  • Reglamento 158/2014, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la organización y funcionamiento de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Aragón (en adelante, RSPEIS).
  • Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades locales de Aragón (en adelante, RBASO).

Tras debatir el asunto y estando presentes en la votación 17 de los 25 consejeros que integran el Consejo comarcal, éste adopta por mayoría absoluta, con 16 votos a favor (6 PSOE, 5 PP, 3 Cambiar, 1 CHA y 1 Ciudadanos), 1 en contra (PAR) y ninguna abstención, el siguiente:

 

ACUERDO

Primero.- Ratificar el acuerdo de traspaso de servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento a la Diputación Provincial de Huesca, efectuado por unanimidad, y, en consecuencia, transferir a la Diputación Provincial de Huesca dichos servicios, según el acta de la Comisión Mixta de Transferencia de 5 de abril de 2019.

Segundo.- Señalar que el traspaso de los indicados servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento conlleva, por un lado, y respecto de los bienes afectos al servicio que se transfiere, el traspaso de los bienes muebles relacionados en el Anexo I a través de una mutación demanial intersubjetiva, prevista en el artículo 177.3 de la LALA y 14.2 del RBASO, que mantendrán la afección al servicio público, a través de la mutación demanial, sin necesidad de la previa desafectación, la cual precisa de la previa tramitación del correspondiente procedimiento y cuyo acuerdo requiere el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de los miembros de la Corporación. Por otra parte, supone la cesión gratuita de los derechos de que sea titular la Comarca con respecto a la construcción donde se ubica el Parque de Bomberos de Monzón.

Igualmente, la transferencia conlleva el traspaso del personal adscrito al servicio que se relaciona en el Anexo II.

Tercero.- Concretar que la efectividad de la transferencia tendrá lugar con efectos desde el día 1 de octubre de 2019, debiendo formalizarse la correspondiente acta de entrega y de recepción de los bienes hasta el día 31 de octubre de 2019.

Cuarto.- Suprimir el Servicio Comarcal de Extinción de Incendios y Salvamento, una vez sea efectiva la presente transferencia y previa tramitación de lo previsto en el artículo 217 del Decreto 347/2002 de 19 de noviembre del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las entidades locales de Aragón

Quinto.- Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca el acuerdo de traspaso de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento, delegando en la Presidencia de la Diputación Provincial de Huesca, en aras de la eficacia y eficiencia administrativas, la coordinación de la publicación de los diferentes acuerdos de transferencias de las entidades locales afectadas, así como para trasladar dichos acuerdos al Gobierno de Aragón.

Sexto.- Someter a información pública el presente acuerdo por un período de 30 días hábiles, cuyo plazo es común tanto para el expediente de traspaso de bienes muebles y derechos de los que es titular la Comarca con respecto a la construcción que alberga el Parque de Bomberos de Monzón mediante mutación demanial, así como de la propia supresión del servicio, de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 119.1.e) y 217 del Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón.

Séptimo.- Designar a los consejeros comarcales D. Miguel Aso Solans como titular y D. José Ángel Solans Torres como suplente, junto con el Secretario-Interventor, o los funcionarios que les sustituyan, en representación de esta Comarca, como miembros de la Comisión paritaria para interpretación de los acuerdos, y resolución de las controversias que se susciten.

Octavo.- La eficacia de este acuerdo quedará condicionada a la ratificación del acta de la Comisión Mixta de Transferencias por parte del Pleno de la Diputación Provincial de Huesca.

Si no se presentase alegación alguna durante el período de información pública, quedará elevado el presente acuerdo a definitivo.”

 

Monzón, a 24 de abril de 2019. El Presidente, Miguel Aso Solans          

 

 

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