ANUNCIO CONSTITUCIÓN BOLSA DE TRABAJO AUXILIARES ADMINISTRATIVOS

La Presidencia de la Comarca, con fecha 7 de noviembre de 2018, ha dictado el Decreto 541/2018, del tenor literal siguiente:

ANTECEDENTES

Visto el expediente tramitado para la creación de una bolsa de empleo en la Comarca, que permita la contratación temporal y a tiempo completo de personal laboral en puestos de Auxiliar Administrativo (grupo C2 nivel 16); y de conformidad con las bases aprobadas en sesión ordinaria del Consejo comarcal, de fecha 08/06/2018.

Vista el Acta del Tribunal de selección, de fecha 15/10/2018, en la que se califican las pruebas de la fase de oposición, se valoran los méritos de los aspirantes y se formula propuesta de creación de bolsa de empleo.

Visto el certificado de Secretaría, de fecha 06/11/2018, acreditativo de la presentación en plazo de una reclamación, formulada por la aspirante Yolanda López Lahuerta; y vista la Resolución del Tribunal, de 07/11/2018, por la cual se decide añadir un punto con diez décimas (1,10 ptos.) a la calificación obtenida por la reclamante Yolanda López Lahuerta, tras revisar la valoración inicial de sus méritos y subsanar el error cometido.

En virtud de las facultades atribuidas por la Ley 3/2002, de 25 de marzo, de Creación de la Comarca del Cinca Medio y los arts. 21 de la LRBRL y 30 de la LALA.

RESUELVO

1.- Confirmar el orden de prelación propuesto por el Tribunal según la calificación definitiva obtenida por las aspirantes que han superado el proceso de selección y constituir la correspondiente bolsa de trabajo, que queda configurada de la siguiente manera:

ASPIRANTES

Calificación  1º Ejercicio

Calificación

2º ejercicio

Calificación Méritos

TOTAL

1.- PASCUAL CASTELLOR, PILAR

6,606 ptos.

8,02 ptos.

8,20 ptos.

22,84 ptos.

2.- ARRIETA GIMÉNEZ, REYES

5,140 ptos.

8,67 ptos.

6,50 ptos.

   20,31 ptos.

3.- FABANA ROMEO, Mª CARMEN

5,410 ptos.

6,16 ptos.

8,30 ptos.

19,87 ptos.

4.- NAVARRO SANCERNI, SUSANA

5,810 ptos.

5,67 ptos.

5,45 ptos.

16,93 ptos.

5.- LÓPEZ LAHUERTA, YOLANDA

5,410 ptos.

5,96 ptos.

5,21 ptos.

16,58 ptos.

6.- LLAMAS GONZÁLEZ, ALBERTO

6,680 ptos.

5,46 ptos.

0,00 ptos.

12,14 ptos.

2.- Requerir a las integrantes de la bolsa de trabajo para que aporten los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, dentro del plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el tablón de edictos, la página web y la sede electrónica de la Comarca.

3.- Advertir que aquellas integrantes de la bolsa que, dentro del plazo indicado en el apartado anterior (salvo casos de fuerza mayor) no presenten la documentación, o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratadas, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes.

4.- Publicar la presente resolución en el tablón de edictos, la página web y la sede electrónica de la Comarca.

5.- Dar traslado de la presente resolución a la reclamante interesada, a Intervención y a la sección de personal, a los efectos oportunos, y dar cuenta al Consejo Comarcal en la próxima sesión que éste celebre.”

Lo que se publica para general conocimiento y a los efectos oportunos, advirtiendo que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o bien recurso de reposición potestativo ante la Presidencia de la Comarca del Cinca Medio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas; o bien recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda presentar cualquier otro recurso que se estime pertinente.

En Monzón, a la fecha de la firma electrónica.

 

 

Fdo.: EL SECRETARIO INTERINO,

DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

 

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