EDICTO PEÓN ESPECIALISTA

La presidencia de la Comarca del Cinca Medio, mediante Decreto 53/2018, de dos de febrero de dos mil dieciocho, en relación con la selección de un peón especialista, ha dictado lo siguiente:
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” ANTECEDENTES
 
Vista la memoria técnica denominada “Adecuación del entorno natural en la Comarca del Cinca Medio”.
 
Vista la Resolución de 2 de noviembre de 2017 de la Dirección Provincial de Huesca del Servicio público de Empleo Estatal por la que se concede una subvención por importe de 18.626,98 € a la Comarca del Cinca Medio para la Contratación de personal desempleado para la ejecución del proyecto antes citado, financiando a dos peones especialistas y un oficial primera durante tres meses y veintidós días.
 
Visto que en fecha 24 de noviembre de 2017 se seleccionó a dos peones forestales, tras la tramitación de Oferta de Empleo en el INAEM, contratándose según decreto de Presidencia número 474/2017 a los dos primeros candidatos por orden de puntuación. 
 
Vista la ausencia, por distintas causas, desde fecha 26 de Enero de 2018, de uno de los candidatos contratados, y  tras llamar a los dos siguientes candidatos de la lista, que rechazan la incorporación al puesto por estar trabajando en la actualidad.
 
Vista la necesidad de incorporar al proyecto de “Adecuación del entorno natural en la Comarca del Cinca Medio” a un peón forestal que sustituya al anterior, y dado que no se cuenta con candidatos disponibles en la bolsa de empleo creada en fecha 24 de noviembre de 2017.
 
Visto el informe emitido en el ejercicio de la función interventora recogida por los art 213 y ss de la Ley reguladora de las haciendas locales.
 
En virtud de las facultades atribuidas por la Ley 3/2002 de 25 de marzo de Creación de la Comarca del Cinca Medio y los Art. 21 de la LRBRL y el Art. 30 de la LALA.
 
RESUELVO
 
1.- Presentar nueva Oferta de Empleo al Instituto Aragonés de Empleo para la selección de un peón especialista que sustituya al anterior, con carácter temporal para el desarrollo del Proyecto “Adecuación del entorno natural en la Comarca del Cinca Medio”, mediante contrato de interinidad, fijándose un período de prueba de 15 días. Así mismo, solicitar que el INAEM realice una preselección técnica de candidatos y valoración de méritos según lo dispuesto en los apartados siguientes.
 
2.- Establecer los siguientes requisitos para accede al puesto ofertado:
 
o Estar en situación de desempleo.
o Experiencia en uso de herramientas y maquinarias de un mínimo de 3 meses.
 
3.- Determinar que el proceso de selección constará de:
 
3.1.-Valoración de méritos:
3.1.1.-Experiencia: Se valorará la experiencia laboral de acuerdo con el detalle que se contiene a continuación hasta un máximo de 5 puntos.
 
-Por servicios prestados como Peón Especialista en la Administración Pública, 0,15 puntos por mes hasta un máximo de 3 puntos.
-Por servicios prestados como Peón Especialista en otras entidades, 0,10 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 2 puntos.
 
La experiencia se acreditará mediante certificación expedida por el organismo público o entidad privada en que se hubiesen prestado los servicios, en la misma deberán constar los años, meses y días trabajados y el puesto desempeñado; así mismo, se deberá presentar la certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social.
 
 
3.1.2.-Formación: Se valorará de acuerdo con el detalle que se contiene a continuación, con un máximo total de 2 puntos.
 
Por cursos superiores a 20 horas relacionados con la parte esencial de la plaza convocada e impartidos por organismos públicos y no incluidos en planes de estudios de los títulos que se hayan valorado:
 
- Cursos menores de 20 horas: 0,02 puntos
- Cursos de 20 a 40 horas:0,05 puntos.
- De 41 a 60 horas: 0,10 puntos
- De 61 a 100 horas: 0,15 puntos
- De más de 100 horas: 0,20 puntos.
- Másters relacionados con el puesto a ocupar: 0,30 puntos por cada uno.
 
No se puntuarán los cursos en los que no conste expresamente el número de horas, no obstante, se considerará que un Crédito equivale a 20 horas lectivas.
 
3.2.- Entrevista personal que contendrá preguntas relacionadas con el desempeño del puesto de trabajo a desarrollar en la plaza objeto de la convocatoria. Hasta un máximo de 3 puntos.
 
4.- Designar al Tribunal que realizará la selección:
 
Presidente: Titular: Ernesto Baringo Ezquerra, Responsable del Área de Servicios.
 
Vocales: Ana Carilla Sanz, Técnico Restaurador de Patrimonio. 
Berta Llorens Vilaplana, Administrativo.
Mercedes Álvaro Bosh, Técnico de Consumo.
 
Daniel Trullen Floría, Secretario Interino de la Entidad, que actuará como Secretario del mismo, o persona en quien delegue.
 
5.- Los candidatos deberán presentarse ante el Tribunal de Selección el próximo lunes 12 de Febrero de 2018, a las 10 de la mañana, en la sede de la Comarca del Cinca Medio provistos de DNI, currículum vitae y méritos. 
 
6.- Dar publicidad de las correspondientes fases de la selección en los tablones de anuncios de la Comarca.
 
7.- Se establecerá una bolsa de trabajo con los candidatos no seleccionados para la provisión de los puestos en caso de renuncia o ausencia por otra causa o motivo, quedando anulada cualquier bolsa que pudiera existir anteriormente.
8.- La presentación a esta Oferta de empleo implica, a los efectos previstos en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el consentimiento de los afectados para su inclusión en el Fichero de Personal de esta entidad local, cuya finalidad es la derivada de la gestión del área de recursos humanos, siendo obligatoria su cumplimentación, disponiendo de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la legalidad vigente, y siendo responsable del fichero la entidad local.
9.- Dar cuenta del presente al Consejo Comarcal en la próxima sesión que se celebre”.
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Lo que se notifica, para su conocimiento y efectos, con indicación de que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, contra la presente que no pone fin a la vía administrativa puede interponer recurso de alzada ante el órgano que dictó el acto o ante el Presidente de la Entidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al presente .Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
 
En Monzón, a dos de febrero de dos mil dieciocho.
 
 
 
EL SECRETARIO INTERINO
 

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